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Noticias Inmobiliarias
NUEVA SENTENCIA ´ANTISWAPS´ 09 de Noviembre de 2011
Fuente: elmundo.es
Un juzgado de Mataró ha declarado nulo un contrato de ´swaps´entre una particular y Banco Popular. La juez obliga en su auto a devolver el dinero cobrado con los intereses correspondientes y asumir las costas del juicio, según ha informado el Col·lectiu Ronda de abogados.
La sentencia, del 27 de octubre y a la que ha tenido acceso Europa Press, hace referencia a un ´swap´ de noviembre de 2008, que la particular firmó como un seguro que debía asumir si quería subrogar su hipoteca.
Dice que la información dada a la denunciante sobre sus peligros fue insuficiente
La juez argumenta que los riesgos que entrañaba el contrato no pueden hacer que se considere como un seguro y que la información proporcionada a la denunciante sobre estos riesgos no fue "suficiente".
Col·lectiu Ronda señala que, cuando en el segundo trimestre de 2008 las entidades financieras seguían comercializando de forma masiva ´swaps´ -que se habían generalizado desde 2006 para acompañar hipotecas-, ya conocían la tendencia bajista de los tipos de interés, lo que afectó a unas 200.000 personas en toda España (30.000 en Catalunya).
Según indica este colectivo, se trataba de productos pensados para profesionales pero que se vendieron a pequeños empresarios y particulares como seguro contra la subida de los tipos de interés, sin informarles de que, si bajaban los tipos, el cliente debía pagar la diferencia al banco.